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Insumos y materia prima para tu PyME agrícola, industrial y de servicios (no incluye comercio y construcción). Labores culturales.

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Para el caso de Solicitudes de Crédito destinadas a labores culturales con manejo tradicional o convencional, los montos máximos a financiar por hectárea y por tipo de cultivo se detallan a continuación:

TIPO DE CULTIVOMONTO A FINANCIAR P/HA*
Almendro$ 1.468.788
Cereza$ 1.791.032
Ciruela fresco$ 1.952.064
Ciruela industria$ 1.063.808
Damasco $ 566.041
Durazno$ 1.284.637
Manzana$ 1.802.867
Olivo aceite$ 1.217.505
Olivo conserva$ 1.311.816
Pera$ 1.523.268
Vid de mesa (*)$ 2.162.678
Vid para vinificar espaldero (*)$ 1.112.592
Vid para vinificar parral (*)$ 1.081.424
Zanahoria$ 2.921.589
Ajo colorado$ 3.272.497
Ajo morado$ 4.881.336
Cebolla$ 1.835.817
Papa$ 1.843.169
Tomate$ 3.819.307
Lechuga$ 867.042
Zapallo$ 1.358.202

(*) No se incluyen gastos de cosecha y acarreo.

Para cultivos no contemplados en la grilla precedente, el monto a financiar será propuesto por el Solicitante y analizado por los auditores técnicos de la Administradora Provincial del Fondo a fin de determinar su aprobación. Asimismo, los importes máximos a financiar por hectárea antes mencionados podrán ser ajustados en su magnitud por tales técnicos, teniendo en cuenta la fecha de presentación de la Solicitud de Crédito en relación al ciclo estacional anual del cultivo pertinente.

Información Importante

    • La Manifestación de bienes, Estado de Resultados y Notas complementarias no deberán presentarse cuando la garantía ofrecida sea SGR o el monto solicitado no supere 30 S.M.V.M.
    • Cuando la persona no este domiciliada en la Provincia de Mendoza, deberá presentar constancia de no inhibición emitida por la autoridad de su domicilio.

Información Importante

  • En caso que la actividad del solicitante requiera habilitación o factibilidad de un Organismo competente, se deberán presentar las mismas.

  • En caso de no ser el propietario del inmueble donde se desarrolla el proyecto, se deberá presentar el contrato de locación, usufructo o comodato.

Información Importante

  • El inmueble a ofrecer en garantía puede ser de titularidad del solicitante o de un tercero y debe estar libre de gravámenes.

  • En caso que la garantía sea de titularidad de un tercero, éste también deberá presentarse como solicitante.

  • En caso de corresponder, se deberá presentar documento de identidad del cónyuge/conviviente del titular de la garantía.

Información Importante

  • El bien a ofrecer en garantía puede ser de titularidad del solicitante o de un tercero y debe estar libre de gravámenes.

     

  • En caso que la garantía sea de titularidad de un tercero, éste también deberá presentarse como solicitante.

     

  • En caso de corresponder, se deberá presentar documento de identidad del cónyuge/conviviente del titular de la garantía.

     

  • La antigüedad del rodado deberá ser menor de 5 años.

Información Importante

  • El bien inmueble del garante propietario debe estar ubicado en la Provincia de Mendoza.
  • En caso que el garante sea titular de un bien inmueble junto con otros cotitulares, todos deberán presentarse como garantes.
  • El garante con bono de sueldo deberá prestar servicios en un establecimiento con domicilio dentro de la República Argentina y acreditar domicilio real en la Provincia de Mendoza.

Información Importante

  • En el caso que para solicitar el financiamiento se requiera de la autorización del órgano de gobierno o cuando el órgano de administración sea plural, deberá adjuntarse copia certificada del acta.
  • En el caso de no contar con expediente digital en la Dirección de Personas Jurídicas (DPJ) se deberá presentar:
      • Contrato Social con inscripción en el Registro Público correspondiente o constancia de inicio de dicho trámite.
      • Acta de designación de los miembros del órgano de administración (directores, gerentes, etc.) con mandato vigente y constancia de inscripción en el Registro Público correspondiente o inicio de dicho trámite.
  • La información contable no deberá presentarse cuando la garantía ofrecida sea SGR o el monto solicitado sea de hasta 30 S.M.V.M.